Alerta Odisea: ¿Cómo funciona el protocolo de búsqueda de adultos en el Estado de México?

En el Estado de México, la desaparición de una persona es una emergencia que requiere claridad administrativa y rapidez de acción. A menudo, la confusión entre los distintos protocolos de…

En el Estado de México, la desaparición de una persona es una emergencia que requiere claridad administrativa y rapidez de acción. A menudo, la confusión entre los distintos protocolos de búsqueda genera retrasos críticos. Mientras que la Alerta AMBER se ha convertido en un término de uso común, su aplicación es limitada, dejando un vacío de información sobre qué hacer cuando el desaparecido es un adulto. Para estos casos, la entidad cuenta con el Programa Odisea.

Este programa, gestionado por la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, es la herramienta jurídica y operativa para localizar a mayores de 18 años.

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El mito de las 72 horas: La denuncia es inmediata

Uno de los obstáculos más grandes para la justicia en el Edomex es la falsa creencia de que se debe esperar un periodo de 24, 48 o 72 horas antes de que las autoridades puedan intervenir. Legalmente, esto es inexistente. El Protocolo Homologado de Búsqueda establece que la atención debe ser inmediata y sin dilaciones.

Al reportar una ausencia, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) tiene la obligación de generar el boletín de búsqueda de la Alerta Odisea al momento. Retrasar la denuncia bajo el argumento del “tiempo de espera” es una mala práctica que los ciudadanos deben señalar. La rapidez permite que las células de búsqueda municipales y la policía estatal inicien el rastreo en campo y mediante cámaras de vigilancia (C5) antes de que se pierdan rastros valiosos.

Diferencias operativas y coordinación institucional

Es fundamental que la ciudadanía distinga entre los mecanismos de búsqueda para canalizar correctamente sus esfuerzos. Aunque ambos buscan el mismo fin, su funcionamiento varía:

Para activar este mecanismo, los familiares deben acudir al Ministerio Público con una fotografía reciente, datos de señas particulares (tatuajes, cicatrices) y la última vestimenta conocida. No es necesario presentar actas de nacimiento o documentos complejos en el primer momento de la emergencia; lo primordial es iniciar la ficha de búsqueda.