Con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito del Estado de México, los conductores que invadan o realicen maniobras indebidas en el carril confinado del Mexibús enfrentan sanciones significativamente más severas, incluyendo multas económicas considerables y el riesgo de remisión vehicular. Estas reformas buscan fortalecer la seguridad vial y garantizar la operación eficiente del transporte público masivo.
Invasión de Carril: Más Allá de la Circulación
La autoridad de tránsito ha aclarado que la infracción por invadir el carril exclusivo del Mexibús no se limita únicamente a circular sobre él para evadir el tráfico. Las nuevas disposiciones sancionan cualquier acción que obstruya o comprometa la operatividad del carril, lo cual incluye:
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Circular o maniobrar sin autorización.
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Cruzar, girar, detenerse o estacionarse de forma parcial o total.
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Subir o bajar pasajeros (ascenso y descenso).
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Realizar maniobras de carga y descarga de bienes.
Esta falta aplica tanto para automovilistas como para motociclistas.
Multas y Consecuencias: El Costo de la Infracción
Las sanciones económicas se han ajustado y se calculan con base en el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La multa por esta infracción es de 16 a 20 veces el valor diario de la UMA, dependiendo del historial del infractor.
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Multa Mínima (16 UMAS): Para quienes no tienen sanciones pendientes.
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Multa Media (18 UMAS): Para infractores con dos a tres sanciones sin liquidar.
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Multa Máxima (20 UMAS): Para quienes acumulan cuatro o más infracciones sin pagar.
Además del monto económico, el vehículo sorprendido en la falta puede ser remitido directamente al depósito vehicular (corralón). Esta retención implica un pago adicional por la multa, el arrastre y el resguardo del vehículo, elevando sustancialmente el costo total para el infractor.
Vigilancia Inteligente y Reforzada
Para asegurar el cumplimiento de la normativa, la Secretaría de Seguridad del Estado de México ha reforzado la vigilancia. Ahora se utiliza un sistema de cámaras y radares de “infracciones inteligentes” instalados en las estaciones del Mexibús, operando las 24 horas del día.
Estas cámaras detectan automáticamente las placas de los vehículos que cometen la falta y generan las correspondientes fotomultas. Sin embargo, la Secretaría aplica un doble filtro, procesando únicamente las matrículas del Estado de México y descartando las foráneas, además de verificar la legibilidad y la coincidencia con el Registro Público Vehicular (Repuve).
Las autoridades estatales han señalado que una parte de los recursos recaudados por estas sanciones se destinará a la construcción de infraestructura peatonal y ciclista, vinculando así la aplicación de las multas con un beneficio directo a la comunidad.
Se exhorta a los conductores a respetar el carril confinado del Mexibús, reconociendo que la prioridad es proteger la vida, la integridad de los usuarios del sistema de transporte masivo y la seguridad vial en general. Llegar más rápido no vale el riesgo ni las graves consecuencias económicas y vehiculares que implica la invasión de este carril exclusivo.

